Risk prevention

Comisiones de seguridad e higiene

Te apoyamos para constituir tu comisión de seguridad e higiene, y darle seguimiento para mantener un buen ambiente de trabajo.

Servicio

Comisiones de Seguridad e Higiene

Comisiones de Seguridad e Higiene

En Risk Prevention te apoyamos a constituir tu comisión de seguridad e higiene, y darle seguimiento para mantener un buen ambiente de trabajo .

¿Qué es la Comisión de Seguridad e Higiene?

La Comisión de Seguridad e Higiene es un organismo que se establece para investigar las causas de los accidentes en los centros de trabajo, proponer medidas para prevenirlos y vigilar que se cumplan.

El 13 de abril de 2011 la Secretaría del Trabajo y Previsión Social publicó

en el Diario Oficial de la Federación, la norma oficial mexicana NOM-019-

STPS-2011, constitución, integración, organización y funcionamiento de las

comisiones de seguridad e higiene, misma que entró en vigor a partir del 13

de julio de 2011.

La norma establece como obligación del patrón proveer los medios necesarios

para que las comisiones de seguridad e higiene puedan identificar la

normatividad aplicable al centro de trabajo, evaluar el cumplimiento de la

misma, así como elaborar programas de seguridad y salud en el trabajo.

Las comisiones de seguridad e higiene se pueden usar para la identificación y evaluación del cumplimiento de las disposiciones en materia de seguridad y salud aplicables al centro de trabajo

Cada comisión de seguridad e higiene deberá estar integrada por:

  1. a) Un trabajador y el patrón o su representante, cuando el centro de trabajo cuente con menos de 15 trabajadores, o 
  2. b) Un coordinador, un secretario y los vocales que acuerden el patrón o sus representantes, y el sindicato o el representante de los trabajadores, en el caso de que no exista la figura sindical, cuando el centro de trabajo cuente con 15 trabajadores o más.

¿Cuántos miembros deben integrar una comisión de seguridad e higiene?

La norma NOM-019-STPS 2011 estipula un número preciso de miembros:

Cuando se tienen de 1 a 14 trabajadores:

  • Coordinador
  • Secretario

Y cuando se tienen de 15 trabajadores en delante:

  • Coordinador
  • Secretario
  • Vocales 

¿Está mi empresa obligada a cumplir con la NOM-019-STPS 2011? 

Tu empresa está obligada a cumplir con ella, debido a dicha norma aplica para todos los centros de trabajo ubicados dentro del país, por ejemplo, los edificios, locales, instalaciones y áreas que realicen actividades de producción, comercialización, almacenamiento, transporte, prestación de servicios y en los que laboren personas que estén sujetas a una relación de trabajo. 

Cada centro de trabajo debe tener integrada una Comisión de Seguridad e Higiene, por muy pequeña que sea la plantilla de trabajadores.   

En Risk Prevention sabemos lo importante que es mantener funcionando tu negocio, por lo que es muy importante contar con todos los trámites requeridos por las autoridades y evitar así una multa o una clausura.

Cumplir con las comisiones de seguridad e higiene es un requisito esencial para tu negocio. 

En Risk Prevention nos encargamos de constituir la Comisión de Seguridad e Higiene de tu empresa en la Ciudad de México, Estado de México y Querétaro.

Constituye tu Comisión de Seguridad e Higiene en la CDMX, estado de México y Querétaro.

¡Qué nada detenga el funcionamiento de tu empresa!

Nuestra misión es protegerte

comisiones de seguridad e higiene

Nosotros

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Más de 20 años comprometidos con el cumplimiento de la legislación y normativa que tu empresa necesita.

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Nuestros profesionales especializados te brindan asistencia directa para que te sientas realmente acompañado

Testimonio

«Excelente servicio y atención, la asesoría que brindan es muy puntual, me ayudaron con la constitución de la comisión de seguridad e higiene.»

Jorge Arciniega, Director

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